requisitos_para_la_acreditacion_de_unidades_docentes_en_la_especialidad_de_neurocirugia

A instancia del Consejo Nacional de Especialidades Médicas de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Educación y Cultura, la Comisión Nacional de Neurocirugía ha elaborado la nueva reglamentación referente a los requisitos necesarios para la acreditación de las unidades docentes de la especialidad de Neurocirugía, que se recoge en los párrafos siguientes.

La Unidad Docente es el órgano docente-asistencial acreditado para impartir el programa de formación que conduce a la obtención del título de Especialista en Neurocirugía, y debe reunir los criterios siguientes:

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL HOSPITAL.

1- Debe tratarse de un hospital general.

2- El hospital debe estar acreditado para la docencia de postgrado por el Consejo Nacional de Especialidades Médicas.

3- Debe tener capacidad asistencial para el tratamiento de urgencias durante las 24 horas del día.

4- Debe disponer de tomografía axial computarizada en el propio hospital con servicio continuado durante las 24 horas del día.

5- Debe disponer de equipamiento neurorradiológico para realizar exámenes angiográficos y otros de contraste dentro del propio hospital.

6- Dispondrá de resonancia magnética.

7- Debe disponer de unidades jerarquizadas de: Medicina Interna, Cirugía General, Anestesiología con dedicación especial a la Neuroanestesia, Neurología, Medicina Intensiva en íntima colaboración con Neurocirugía y Radiología con especial dedicación a la Neurorradiología.

8- Debe garantizar la posibilidad de realizar rotaciones externas en aquellas especialidades especificadas en el Programa de Formación no disponibles en el propio hospital, que se realizarán en unidades docentes acreditadas de otros hospitales.

9- Debe garantizar el acceso a una actividad reglada en Anatomía Patológica (Neuropatología), Neurocirugía Pediátrica, Neurotraumatología, Neurocirugía Funcional, Radiocirugía, e Intervencionismo Endovascular, bien en la propia Unidad o mediante rotación externa en otras unidades docentes acreditadas de otros hospitales.

10- Debe facilitar el acceso a un entrenamiento en las técnicas microquirúrgicas y a formación en metodología de la investigación.

REQUISITOS QUE DEBE CUMPLIR EL SERVICIO DE NEUROCIRUGÍA.

1. REQUISITOS DE LA UNIDAD.

Para que una Unidad pueda ser acreditada para la docencia debe cumplir los siguientes requisitos mínimos referentes a cada una de los apartados descritos:

1.1- Área física.

La Unidad Docente dispondrá de un espacio físico propio e independiente, con una superficie y localización adecuadas para la realización de las actividades asistenciales, docentes y de investigación que le corresponden.

La estructura de la unidad docente contemplará como mínimo:

- Área de Hospitalización específica de Neurocirugía, adscrita nominalmente a la Unidad Docente, con independencia y autonomía de gestión, que contará con un mínimo de 25 camas, no incluidas las camas destinadas a cuidados intensivos.

- Consulta externa con espacio físico, dotación instrumental y personal auxiliar adecuados.

- Al menos un quirófano con dedicación exclusiva a Neurocirugía, y posibilidad de utilizar otro quirófano adicional.

- Un quirófano destinado a intervenciones urgentes, utilizable durante las 24 horas del día, con programación independiente del quirófano dedicado a cirugía electiva y adecuadamente dotado para la práctica de intervenciones neuroquirúrgicas urgentes.

- Una secretaría con el local, material y personal auxiliar necesarios para el desarrollo de las actividades de la Unidad.

- Una sala de reuniones o aula, que podrá ser específica (preferiblemente) o compartida con otras unidades.

- Un área de trabajo específica para los residentes, diferente del espacio estrictamente asistencial.

1.2- Recursos humanos.

La Unidad Docente debe tener una estructura bien definida y jerarquizada, en la que exista un responsable con autoridad para la organización de las actividades asistenciales, docentes e investigadoras. El personal que formará parte de la misma será:

Médicos. La plantilla debe estar compuesta por un mínimo de 5 médicos especialistas en Neurocirugía con dedicación de jornada completa, uno de los cuales ejercerá como responsable de la Unidad.

ATS-DUE y personal auxiliar en número y cualificación suficiente para conseguir los objetivos asistenciales, docentes y de investigación de la Unidad, siendo recomendable que en el área de hospitalización se mantenga una proporción de 60% / 40% respectivamente.

Personal administrativo adscrito al Servicio en número y con cualificación suficientes para cumplimentar los informes, partes quirúrgicos y demás procedimientos administrativos exigibles a la Unidad.

1.3- Recursos materiales.

La Unidad dispondrá del equipamiento técnico, informático e instrumental adecuado para el aprendizaje de la especialidad y el desarrollo de las actividades asistenciales, docentes y de investigación que le corresponden. De manera específica debe contar como mínimo con:

1.3-1. Equipamiento en el quirófano neuroquirúrgico.

Para que una Unidad pueda ser acreditada para la docencia de la Neurocirugía es imprescindible que cuente en el quirófano con al menos el siguiente equipamiento:

• Instrumental quirúrgico específico para Neurocirugía craneal, que permita realizar un mínimo de dos intervenciones neuroquirúrgicas craneales complejas simultáneamente.

• Instrumental quirúrgico específico para Neurocirugía raquimedular, que permita realizar un mínimo de dos intervenciones neuroquirúrgicas de columna simultáneamente.

• Microscopio operatorio que debe disponer de monitor y equipo de grabación de vídeo, para que las intervenciones microquirúrgicas puedan ser seguidas por los observadores y grabadas para su posterior estudio por parte del residente.

• Amplificador de imágenes.

• Coagulación bipolar.

• Aspirador ultrasónico.

• Equipo de cirugía estereotáctica.

• Sistemas de monitorización de la presión intracraneal.

• Sería recomendable la disponibilidad de equipos de Neuronavegación y Neuroendoscopia.

1.3-2. Medios docentes.

La Unidad docente dispondrá de los medios materiales necesarios para una adecuada enseñanza teórica de la especialidad, entre los cuales figurarán:

- Proyector de diapositivas o cañón de luz. - Retroproyector para transparencias. - Pizarra o similar. - Monitor de televisión y equipo de vídeo. - Al menos un ordenador con conexión a Internet. - Sería aconsejable la existencia de una Biblioteca propia del Servicio con acceso a los principales libros de texto y atlas quirúrgicos de la especialidad.

1.3-3. Biblioteca central del hospital.

La Biblioteca central del hospital debe disponer de libros de texto y revistas de la especialidad actualizados, entre los que se encontrarán, al menos 5 revistas de las siguientes (o contar con la suscripción necesaria para el acceso directo al menos a 5 de ellas a través de Internet):

 Acta Neurochirurgica.  Journal of Neurology, Neurosurgery and Psychiatry.  Journal of Neurosurgery.  Journal of Neurosurgical Sciences.  Neurocirugía (revista oficial de la SENEC).  Neurochirurgie.  Neurosurgery.  Surgical Neurology.  Debe disponer de acceso a búsquedas bibliográficas informatizadas (Medline o similar).

2. REQUISITOS DE ORGANIZACIÓN DE LA UNIDAD.

2.1. Para que una Unidad pueda ser acreditada para la docencia deben haber transcurrido al menos 3 años desde su constitución.

2.2. La Unidad debe contar con normas escritas sobre su organización interna que delimiten de forma concreta:

2.2.1. Reparto de responsabilidades y cargas de trabajo.

2.2.2. Distribución y descripción de funciones. El servicio solicitante de la acreditación deberá facilitar información detallada sobre los siguientes puntos:

• Funciones Asistenciales. • Funciones Docentes (incluido el nombramiento de un Tutor de Residentes). • Investigación.

2.3. Debe existir una Memoria Anual de las actividades asistenciales, docentes y de investigación desarrolladas por la Unidad durante al menos los dos años previos a la solicitud de acreditación.

2.4. Programación escrita de las rotaciones y objetivos formativos a alcanzar por el Residente durante cada año de su periodo de formación, adaptados a las características de la Unidad y del Hospital, que desarrolle y asegure el cumplimiento de los objetivos marcados por la Comisión Nacional de Neurocirugía en el Programa de Formación. En caso de que alguna de las rotaciones u objetivos establecidos en el Programa de Formación no pueda alcanzarse en el propio hospital o unidad se garantizará la opción de realizar una rotación externa en otra Unidad Docente que asegure el alcance de los mismos.

2.5. Deberán existir protocolos escritos o vías clínicas actualizadas de diagnóstico y tratamiento de las principales enfermedades objeto de la especialidad, que deberán incluir al menos 6 de los siguientes:

• Tumores cerebrales. • Patología degenerativa de la columna lumbar. Hernia discal lumbar. • Patología degenerativa de la columna cervical. Hernia discal cervical. • Patología traumática raquimedular. • Infecciones craneales y raquídeas. • Hidrocefalia. • Traumatismo craneoencefálico leve y moderado. • Traumatismo craneoencefálico grave. • Diagnóstico y tratamiento inicial de la hemorragia subaracnoidea. • Diagnóstico, tratamiento y seguimiento de los aneurismas cerebrales. • Cirugía endoscópica. • Cirugía de la epilepsia. • Cirugía de los trastornos del movimiento. • Cirugía en el paciente despierto. Monitorización intraoperatoria. • Manejo postoperatorio de los abordajes a la hipófisis.

2.6. El personal de la Unidad realizará turnos de guardia (presencial o alerta localizada) garantizando una asistencia continuada durante las 24 horas del día al enfermo neuroquirúrgico. Las guardias de los residentes serán siempre de presencia física.

2.7. Las historias clínicas se realizarán siguiendo los criterios unificados de la Dirección del centro.

2.8. La Unidad llevará a cabo controles de calidad, entre los que se encontrarán como mínimo:

 Análisis de casos (revisión de historias clínicas).  Correlación diagnóstica.  Existencia de Programa de Garantía de Calidad específica de la Unidad y adaptado al del Centro.  Control de mortalidad hospitalaria.  Control de morbilidad.  Control de infecciones.

3. REQUISITOS DE ACTIVIDAD ASISTENCIAL, DOCENTE Y DE INVESTIGACIÓN.

La Unidad dispondrá de una Memoria escrita de todas las actividades asistenciales, docentes y de investigación desarrolladas durante los 2 años anteriores, que contemplará:

3.1. Actividades asistenciales.

Para que una Unidad pueda ser acreditada para la docencia de Neurocirugía debe documentar una actividad asistencial adecuada en los 2 años previos a la solicitud de la acreditación, que garantice el cumplimiento de los objetivos quirúrgicos del programa de formación vigente, elaborado por la Comisión Nacional de la especialidad. Esta actividad asistencial debe quedar reflejada en la memoria anual de la Unidad y debe incluir como mínimo:

 400 intervenciones neuroquirúrgicas mayores al año, de las cuales al menos 100 serán craneotomías programadas. Debe mantenerse una adecuada proporción entre los tipos de intervenciones realizadas en el ámbito de la Neurocirugía y recogidas en el Programa de Formación.  200 pacientes nuevos en consulta externa al año.  900 revisiones en consulta externa al año.

3.2. Actividades docentes.

En la Unidad deberán realizarse periódicamente actividades académicas y docentes que incluirán las relacionadas a continuación, en las que el residente participará de forma activa. El residente debe recibir un plan escrito de las mismas y su periodicidad, y el Tutor guardará un registro detallado de todas ellas:

 Sesiones clínicas con presentación de casos (1/semana).  Sesiones neurorradiológicas (1/semana).  Sesiones monográficas (1/semana).  Sesiones neuropatológicas (1/mes).  Sesiones de morbi-mortalidad (1/mes).  Conferencias y seminarios, algunos encargados a profesores invitados.  Sesiones de planificación de investigación.

3.3. Actividades científicas y de investigación.

Para que una Unidad pueda ser acreditada para la docencia de Neurocirugía debe documentar una actividad científica e investigadora adecuada en los 2 años previos a la solicitud de la acreditación. Esta actividad debe quedar reflejada en la memoria anual e incluirá al menos:

 Publicaciones. Haber publicado durante los 2 años previos un promedio de al menos dos artículos originales en una revista de la especialidad con sistema de “revisión por pares” de las recogidas en el apartado 1.3.3.  Comunicaciones y/o ponencias. Haber presentado durante los 2 años previos un promedio de al menos tres comunicaciones y/o ponencias a congresos de ámbito nacional o internacional de la especialidad.  Tesis doctorales.

4. CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN.

El control del grado de cumplimiento del programa de formación requiere la existencia de:

4.1. Normas de evaluación propias de la Unidad para el seguimiento de la formación del residente.

4.2. Normas de evaluación de la Comisión de Docencia.

4.3. Normas escritas de evaluación para extender la certificación anual del residente.

4.4. Constancia documental de que las normas de evaluación se aplican.

4.5. Libro del residente.

4.6. La Comisión Nacional evaluará anualmente a aquellas Unidades Docentes en las que un residente termine su periodo de formación en ese año, a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos de acreditación. Para ello cada Unidad Docente remitirá a la Comisión, a través de la Comisión Local de Docencia del Hospital y en un plazo de 6 meses antes de la finalización del periodo de formación del residente, los siguientes documentos:

4.6.1. Libro del residente con el diseño elaborado por la Comisión Nacional. 4.6.2. Registro detallado del Tutor de las actividades docentes en las que haya participado el residente.

La Comisión Nacional evaluará la documentación remitida, solicitará documentación adicional si lo estima oportuno y finalmente procederá a sugerir la reacreditación de la Unidad Docente si procede.

4.7. Al término de su periodo de formación, el residente deberá haber presentado al menos cuatro comunicaciones y publicado al menos dos trabajos científicos en revistas de ámbito nacional o internacional.

5. CAPACIDAD DOCENTE DE LA UNIDAD.

El cumplimiento de los requisitos establecidos acredita a la Unidad para la docencia de un R1/año. En ningún caso se admitirá más de un residente R1/año en la misma Unidad Docente.

  • requisitos_para_la_acreditacion_de_unidades_docentes_en_la_especialidad_de_neurocirugia.txt
  • Última modificación: 2019/09/26 22:17
  • por 127.0.0.1